Artículo 1 – Objeto del Contrato

El presente contrato regula la relación comercial entre el CLIENTE y Verina Global, S.L. (En adelante Yordas) respecto a las adquisiciones de los productos y servicios que el CLIENTE contrata con Yordas y constituyen parte integrante del contrato de venta, sustituyendo y anulando toda cláusula o pacto en contrario que figure en el pedido o en otro documento del cliente.

Artículo 2 – Condiciones Generales de Venta

  • La presente Lista de Precios anula y sustituye todas las ediciones anteriores.
  • Los datos expuestos en la presente Tarifa de Precios, sobre medidas, valores y características, son solamente informativos, pudiendo ser modificados si las circunstancias técnicas y/o comerciales lo aconsejan.
  • Precios vigentes salvo error tipográfico o modificación por parte de Yordas.

Artículo 3 – Pedidos

  • No se considerará válido un pedido que no se haya realizado con las hojas diseñadas para tal efecto, firmadas y comunicadas por fax o email. Solicítelas a su comercial o Delegación.
  • Una vez cursado el pedido, se considera en firme, por tanto no se aceptarán anulaciones.
  • Todos los pedidos y sus posibles modificaciones, el cliente lo comunicará por fax o email a las oficinas de Yordas. No tendrá validez si se realizó por teléfono.
  • Los pedidos realizados por teléfono, serán válidos cuando el cliente remita por fax o email la confirmación de pedido debidamente firmada y sellada.

Artículo 4 – Ofertas

Todas las ofertas realizadas por Yordas versan sobre la cantidad total de productos sobre y para la que se hacen, teniendo la obligación el CLIENTE de efectuar el pedido sobre la totalidad de la cantidad ofertada, a no ser que Yordas estipule lo contrario en la misma oferta. En caso que el CLIENTE hiciese un pedido sobre una cantidad inferior a la ofertada, Yordas se reserva el derecho de revisar la oferta.

Artículo 5 – Precio

  • El precio ofertado no incluye IVA, su repercusión se cargará en factura.
  • En caso de pedidos por un valor total neto del material inferior a 25 euros (antes de impuestos), Yordas aplicará un suplemento por costes de gestión para incrementar su valor hasta ese importe.
  • Los valores indicados en la lista de precios de Yordas no incluyen los costes de portes, seguros, instalación ni impuestos.

Artículo 6 – Condiciones de Pago

  • El pago del precio facturado debe hacerse como máximo a los 30 días de la fecha de emisión de la factura, salvo que se especifiquen otras condiciones en la propia factura. Si la entrega de los productos no pudiese realizarse o se retrasara por causa del CLIENTE, el pago deberá realizarse a los 30 días de la fecha prevista de entrega como sino hubiera habido tal impedimento o retraso.
  • Los Pagarés deberán ser remitidos dentro de los 25 días posteriores a la fecha de factura.
  • Todos los pagos deberán efectuarse exclusivamente a Yordas, dentro de los plazos y siguiendo las pautas indicadas en la factura.
  • El cliente se obliga al pago puntual de la factura en su vencimiento, en caso contrario Yordas se reserva el derecho a cargar intereses y costes de cobro así como gastos de demora, bancario, de protesto notarial y tasas aplicables a las operaciones comerciales y similares en aplicación de los artículos 5º a 8º de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de comunicación ni de intimación.
  • En el caso de finalización anticipada del contrato por cualquier causa, el CLIENTE estará obligado a pagar de inmediato todos los trabajos realizados y productos suministrados, así como a pagar los daños y perjuicios que se produzcan a Yordas.
  • Por renovación de efectos o demora en el pago de los mismos, se efectuará un recargo del 0,75% MENSUAL.

Artículo 7 – Plazo de Entrega

  • El plazo de entrega indicado es siempre facilitado a título informativo y aproximado, no representa ningún compromiso por parte de Yordas, no pudiéndosele responsabilizar de ningún daño o perjuicio provocado por el incumplimiento de los mismos, ni se podrá exigir pago alguno en concepto de indemnización o de daños y perjuicios.
  • El suministro de productos puede ser realizado en varias entregas, salvo que el CLIENTE especifique en su pedido una única entrega y haya sido aceptado por Yordas.

Artículo 8 – Transporte

  • Los precios de la tarifa, salvo mención expresa, se entienden en origen.
  • El mínimo a facturar será de 50 euros por expedición. Cuando el valor de la mercancía sea inferior, se facturará en concepto de gastos de expedición la cantidad de 9 euros.
  • La mercancía viaja por cuenta y riesgo del comprador, no estando cubierta por póliza de seguro, salvo pedido expreso del cliente y a su cargo.
  • Cualquier retraso en el transporte de la mercancía, pérdida de uno o varios bultos, no puede provocar aplazamiento o anulación de los pagos.

Artículo 9 – Recogida de la Mercancía

  • En caso de que, en el momento de la entrega, se detecten en el embalaje o en el propio producto daños evidentes, el CLIENTE debe hacerlo constar en el documento de entrega que firma al transportista, de lo contrario no se admitirán reclamaciones por dicho concepto.
  • En el momento de recepción de la mercancía el cliente debe comprobar el número de bultos y todos los posibles defectos, formulando la correspondiente anotación en el documento de entrega que firma al transportista o agencia, indicando el tipo de defecto. Además el CLIENTE debe comunicar el error a su Delegación por escrito en un plazo máximo de 24 horas.
  • En caso de defectos ocultos, el cliente tiene quince días, a contar desde la fecha de entrega de la mercancía. El CLIENTE debe comunicarlo por escrito a Yordas claramente los defectos encontrados, bien por carta con acuse de recibo, por fax guardando el report o por email guardando la confirmación de lectura.
  • El cliente se obliga a recoger la mercancía tan pronto como reciba el aviso de puesta a disposición. De retrasarse, Yordas tendrá derecho (además de percibir el pago del precio integro) de pedir el reembolso de los gastos de almacenamiento y custodia de la mercancía, sin perjuicio de la posible indemnización por daños.
  • Yordas no responde de los daños, directos o indirectos, que pudieran surgir del depósito de la mercancía no retirada o retirada con retraso, tanto de los almacenes de Yordas, como en aquellos de la compañía de transporte o demás.
  • En el caso de que el envío o la entrega se demore por voluntad del CLIENTE por plazo superior a un mes, a contar desde la fecha en que el material estuvo disponible, podrá facturarse al CLIENTE los gastos de almacenaje hasta su efectiva entrega.

Artículo 10 – Devolución de Productos

  • En ningún caso se aceptarán devoluciones de mercancía por motivos no imputables a Yordas como error al comunicar las medidas o por pérdida de la venta por parte del cliente.
  • Sólo se acepta la devolución de producto estándar (Se entiende por producto estándar, aquel cuyo número de artículo aparece en el catálogo y es suficiente para definir el producto sin añadir más especificaciones, se descarta elementos producidos a medida o configurables)
  • Por razón de los costes de gestión, solo se aceptarán las devoluciones cuando el importe neto de todo el material a devolver sea superior a 50 euros.
  • Las devoluciones sólo se aceptan dentro de los treinta días siguientes a la recepción del producto, entendiendo como tal la fecha de la Nota de Entrega emitida por Yordas.
  • Al solicitarse la devolución, debe indicarse el nº de pedido Yordas y/o nº de Nota de Entrega y/o nº de factura en el que se adquirió el producto.
  • No se admiten devoluciones de mercancía sin la autorización previa por escrito de Yordas y en ningún caso será aceptada si los materiales suministrados están de acuerdo con el pedido efectuado por el cliente.
  • La mercancía enviada para su revisión o el material devuelto a las instalaciones de Yordas será siempre a cargo del cliente.
  • Una vez autorizada la recogida de un material, Yordas puede revocar esta autorización si éste se encuentra mal embalado, deteriorado o usado, debiendo hacerse frente al pago de la mercancía en su totalidad.
  • No se admitirán devoluciones de material manipulado.
  • La recogida de la mercancía para su revisión en nuestras instalaciones no implica la aceptación de la reclamación ni su abono.
  • Una vez aceptada la devolución, el abono corresponderá al valor de la mercancía, menos un descuento entre el 25% y el 85% del valor en función de los gastos incurridos en el proceso y a su posible reutilización.
  • Siempre que se cumplan todos los criterios de aceptación, Yordas enviará al CLIENTE un documento en el que constarán los productos y cantidades a devolver y las condiciones generales de devolución. El CLIENTE deberá firmar este documento como aceptación de las condiciones de devolución y remitirlo para proceder a la recogida de la mercancía.
  • Yordas queda exonerada de cualquier responsabilidad y particularmente, de toda responsabilidad por daños a bienes u otros daños emergentes o pérdidas de ingresos, directos o indirectos.

Artículo 11 – Producto

  • Yordas no garantiza el producto con medidas o tejidos no aconsejables según la presente tarifa./p>
  • Yordas podrá rechazar cualquier pedido que por causas técnicas pueda presentar problemas de funcionamiento.
  • Yordas en caso de defectos de fabricación o por error, se responsabilizará exclusivamente de la reposición y/o reparación del producto. En ningún caso será responsable de pérdidas de beneficios ni otros daños resultantes.
  • Yordas se reserva el derecho de hacer cualquier cambio técnico en el producto, sin previo aviso.
  • Cuando los productos sean fabricados por Yordas según diseño y/o especificaciones del CLIENTE, Yordas no garantizará que tales productos sean adecuados para el uso proyectado por el CLIENTE.

Artículo 12 – Reparaciones

  • Las reparaciones, modificaciones o acabados deberán efectuarse siempre por Yordas y en ningún caso el cliente podrá realizar cargos por las asumidas o encargadas a terceros.
  • El importe mínimo a facturar por este concepto será de 50 euros/unidad neto.

Artículo 13 – Titularidad y Riesgo

  • Yordas se reserva la propiedad de todos los materiales que ha vendido hasta su total cobro, transmitiendo al cliente la responsabilidad de ser el depositario de los mismos.
  • Si el cliente antes del pago total de los materiales, los transfiere a un tercero sin el consentimiento expreso y por escrito de Yordas, este no reconocerá como legítimo propietario al tercero, teniendo Yordas la reserva de la propiedad, preferencia sobre esos materiales y, consecuentemente, el derecho de proceder a su recuperación donde quiera que se encuentren. Por tanto el cliente está obligado a comunicar el nombre de los terceros que hayan comprado los productos y ante los que Yordas tendrá el derecho de reivindicar sus derechos.

Artículo 14 – Seguridad e Higiene en el Trabajo

Es responsabilidad del CLIENTE, que deberá asegurarse, que los productos sean instalados de forma correcta y segura, según las instrucciones que previamente hubieran sido facilitadas por Yordas y siguiendo las pautas de la buena práctica comercial, sin riesgo para la salud o la seguridad de las personas. Yordas no se hace responsable por el incumplimiento por parte del CLIENTE de esta cláusula.

Artículo 15 – Propiedad Industrial e Intelectual

  • Yordas tiene reservados todos los derechos de copia, patentes, marcas y el derecho de protección legal de los diseños registrados en sus dibujos, circuitos, software, documentos y equipamiento.
  • Los dibujos, especificaciones, documentos, etc, añadidos a ofertas y entregados al CLIENTE son exclusivamente para su uso personal. No pueden ser copiados ni total ni parcialmente ni pueden ser puestos a disposición de terceras partes sin el consentimiento expreso y por escrito de Yordas.
  • Cualquier programa de software suministrado por Yordas no forma parte de la venta, sino que el cliente recibe una licencia de uso. Si el software ha sido suministrado incluido con otros productos, entonces sólo puede ser utilizado conjuntamente con tales productos.
  • En caso de que el CLIENTE fuera requerido o demandado por un tercero por infracción de propiedad industrial y/o intelectual, sea la causa que fuere, por alguno de los productos suministrados por Yordas, el CLIENTE notificará inmediatamente de este hecho a Yordas para que éste pueda ejercitar su derecho a la defensa absteniéndose el CLIENTE de acordar ninguna transacción sin su previo consentimiento.

Artículo 16 – Protección de Datos y Confidencialidad

A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y a la Ley 34/2002 de 11 de julio de servicio de la sociedad de la información y de comercio electrónico, informamos al cliente que sus datos personales van a ser incorporados al fichero CLIENTES del que es responsable Yordas, con la finalidad de dar cumplimiento a la relación que se deriva del presente documento. No obstante, le recordamos que dispone de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos que podrá ejercer en nuestro domicilio Poligono Industrial El Salvador II, Calle X, 45  C.P. 02630 La Roda (Albacete) o a nuestro email info@yordas.com

Artículo 17 – Cláusula Resolutoria

En caso de falta de pago, la venta podrá cancelarse de pleno derecho en cualquier momento, mediante una simple comunicación por escrito enviada por Yordas al cliente en la que indique que recurre a la presente cláusula y sin necesidad de ninguna formalidad judicial. Las mercancías entregadas y no pagadas deberán devolverse a Yordas a costa del cliente. A tal fin Yordas, y sus transportistas encargados estarán autorizados a rescindir y recoger la mercancía no pagada de los locales de los clientes.

Artículo 18 – Tribunales Competentes

  • El presente contrato, tanto para su aplicación como su interpretación se regulará por las leyes del Derecho Español. El idioma será el castellano.
  • Las partes se comprometen a resolver amigablemente cualquier diferencia que sobre el presente Contrato pueda surgir. En el caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Albacete.
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